EXCELENTES OFICINAS 90 MTS2 - ZONA TRIBUNALES II !!!

Cordoba Capital - Cordoba Capital - Nueva Cordoba
180.000

Características

  • Valor: 180.000
  • Region: Cordoba Capital
  • Localidad: Cordoba Capital
  • Zona: Nueva Cordoba
  • 1 Baños
  • 90 m²

Descripcion

OFICINAS UBICADAS EN IMPORTANTE COMPLEJO RESIDENCIAL TORRES H SOBRE AV.PUEYRREDON AL 700 EN PLENO BARRIÓ GÜEMES. COMPUESTO POR 3 TORRES, CON SEGURIDAD, GIMNASIO, GALERÍA Y LOCALES COMERCIALES EN PLANTA BAJA. EN SU TERRAZA CUENTA CON UN SALÓN DE USO COMÚN CON ASADOR. UNA DE LAS ZONAS CON MAYOR CRECIMIENTO INMOBILIARIO Y COMERCIAL, UBICACIÓN ESTRATÉGICA FRENTE A TRIBUNALES II, POLO JUDICIAL, CERCA DEL SANATORIO DE LA CAÑADA, A MINUTOS DE BARRIO NUEVA CÓRDOBA Y DE CIUDAD UNIVERSITARIA.
LAS DOS UNIDADES (OFICINAS) SE POSICIONAN EN PLANTA BAJA CONTRA-FRENTE Y CADA UNA SE COMPONE DE UNA PLANTA LIBRE (7X3) CON GRANDES VENTANALES - TABICADO CON UN PRIVADO - BAÑO CON LAVATORIO E INODORO.
EL PRECIO TOTAL DE LA LOCACIÓN ES DE $180.000.
GASTOS MENSUALES APROXIMADOS AL DÍA DE LA FECHA: $22.000 (EXPENSAS)
LAS UNIDADES NO CUENTAN CON CONEXIÓN DE GAS NATURAL.
GASTOS MENSUALES APROXIMADOS AL DÍA DE LA FECHA: $20.000 (EXPENSAS CON SEGURIDAD).SERVICIOS (AGUA CORRIENTE - ENERGÍA ELÉCTRICA - INTERNET - ETC.) A CONSUMO PARTICULAR.Ledesma Servicios Inmobiliarios (CPI 4395) - Comercializa las Propiedades en Alquiler con la correspondiente autorización del/los propietario/s: El propietario se reserva el Derecho de Contratación. Gastos de Contratación: Comisión Inmobiliaria Según Ley 27.551 - Art: 1.351 del C.Cy C.N En las locaciones de Inmuebles Urbanas la Intermediación solo podrá estar a cargo de un Profesional Matriculado para ejercer el corretaje Inmobiliario conforme la Legislación local Según Ley Provincial 9.445 - Art 25 Inciso "C" En Locaciones Urbanas el 5 Del Total Del Contrato (36 Meses) a Cargo del Locatario - Timbrado Bancario (según Ley Impositiva vigente) - Condiciones: Como Requerimiento al momento de la Celebración del Contrato Las partes involucradas (Locatario/os y Garante/es Fiador/es) deberán certificar las firmas ante escribano publico, y en el caso que sea otra provincia deberán realizar la respectiva legalización en el colegio de escribano de la provincia que corresponda.

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